








VENTA local/oficina en Almagro
u$s 81.000.-
Guardia Vieja 4317, Almagro
MODERNO Y FUNCIONAL Arquitectura y diseño de vanguardia con estructura de hormigón armado, a la vista en balcones y conexión a gas natural para mayor autonomía energética. Todos los departamentos son pisos exclusivos y tranquilos. En planta baja se encuentra LOCAL/OFICINA, que cuenta con doble acceso, desde la calle y también desde el pasillo de ingreso al edificio. El acceso desde calle cuenta con reja con puerta y ventanal integral de vidrio laminado con puerta.
UBICACIÓN Se encuentra en el extremo norte del barrio de Almagro en una ubicación bisagra entre Palemro y Villa Crespo. Lindando hacia el Norte con Palermo, a sólo 2 cuadras de la Av. Córdoba y hacia el Oeste con Villa Crespo a sólo 3 cuadras de Av. Estado de Israel. Hacia el Sur a 2 cuadras de Av. Corrientes y a 5 de la estación Angel Gallardo de la linea B de Subte.
Oficina a la calle de 30 m2 cubiertos.
1 Toilette
Frente de vidrio laminado con acceso por puerta y rejas decorativas
2do acceso privado desde palier
Aire acondicionado frio/calor
Preinstalación para equipos de aire acondicionado
Termotanque individual
Pisos de porcelanato
Kitchenette
Conexión a gas natural
Apto profesional y comercial
Antigüedad 1 año
TODAS LAS ESPECIFICACIONES, MEDIDAS Y DISTRIBUCIONES CONTENIDAS EN EL PRESENTE SON EXCLUSIVAMENTE DE CARÁCTER INFORMATIVO Y ESTIMATIVAS, NO GENERANDO NINGUNA OBLIGACION ALGUNA A LAS PARTES, ESTANDO SUJETAS A LAS QUE EN DEFINITIVA SURJAN DE LA CONSTRUCCION, LAS REGLAMENTACIONES MUNICIPALES VIGENTES Y DE LOS PLANOS DE “MENSURA PARTICULAR Y DIVISION POR EL REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL LEY 13.512”. LOS DIBUJOS SON INTERPRETACIONES ARTISTICAS Y NO NECESARIAMENTE UNA DESCRIPCION EXACTA DE LA PROPIEDAD.
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Todas las medidas enunciadas son meramente orientativas, las medidas exactas serán las que se expresen en el respectivo título de propiedad de cada inmueble. Todas las fotos, imagenes y videos son meramente ilustrativos y no contractuales. Los precios enunciados son meramente orientativos y no contractuales.
Ley N.º 5.859, Artículo 4° y Ley N.º 2.340 – Artículo 10, Inciso 8°:¨Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15 %) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.


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